En marcha el plan para dar 30 MBPS a una gran parte de la población

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El Boletín Oficial del Estado del pasado 8 de noviembre[1] ha publicado el Plan para proporcionar cobertura inalámbrica de 30 Mbps desde una ubicación fija[2] a una gran parte de la población. Y decimos una gran parte de la población porque, a pesar de la publicidad gubernamen-tal y política, esta cobertura no alcanzará a toda la ciudadanía.

Efectivamente, mediante este proyecto se tendrá que ofrecer un acceso mínimo de 30 Mbps para un 95% de la población de los municipios de 5.000 habitantes que, trasladado al reparto poblacional global, supondría llegar a casi el 98% de la ciudadanía española. No obstante, el pliego especifica la siguiente cautela: “exigiéndose simultáneamente que este porcentaje no sea inferior al 85 % en ninguna de las Comunidades y Ciudades Autónomas”. El límite máximo de descarga mensual no podrá ser inferior a 40 GBytes (200 MBytes en hora cargada).

Este Plan viene heredado del primer dividendo digital de 800 MHz[1], realizado en 2011, que contenía en su pliego de condiciones dicha obligación de cobertura antes del 1 de enero de 2020.

La dejadez de la Administración había enterrado este compromiso hasta ahora, a un año de caducar el plazo, lo que ha obligado al Gobierno a legislar casi sobre la marcha y reduciendo significativamente los requisitos. Por ejemplo, la medición de la velocidad pasa de “media diaria” a simplemente nominal, o que cada estación base dará servicio a 1.375 conexiones, en vez de las 383 previstas inicialmente, lo que afectará negativamente a la experiencia de usuario[2].

Con estas condiciones, las tres operadoras licitadoras (Movistar, Vodafone y Orange) deberán hacer un esfuerzo en tiempo récord para pasar del actual 32% de cobertura rural de 30 Mbps a la media exigida, y todo ello, en menos de un año.

UGT Comunicaciones
Sector Estatal


[1] https://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2018-15341
[2] “la obligación de cobertura se entenderá referida solamente al servicio de banda ancha en una ubicación fija, sin perjuicio de eventuales servicios que los operadores puedan prestar en movilidad empleando las mismas infraestructuras de red”