El TJUE pone orden en el sector: Skype es un operador de telecomunicaciones

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Ha tenido que pasar más de una década, pero al final se ha impuesto la razón y el sentido común. Sí, ya es oficial: Skype es un operador de telecomunicaciones a todos los efectos. Y por tanto, está obligado a seguir las mismas normas que el resto de operadoras europeas.

La sentencia1https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/HTML/?uri=CELEX:62018CJ0142&qid=1559810465770&from=ES del Tribunal de Justicia de la Unión Europea lo pone blanco sobre negro: debe interpretarse en el sentido de que el suministro, por parte del creador de un programa informático, de una funcionalidad que ofrece un servicio «Voice over Internet Protocol» (VoIP) [voz por protocolo de Internet (VoIP)] que permite al usuario llamar a un número fijo o móvil de un plan nacional de numeración a través de la red telefónica pública conmutada (RTPC) de un Estado miembro a partir de un terminal constituye un «servicio de comunicaciones electrónicas»”. Y tal y como razona en el contenido de la sentencia: “El Tribunal de Justicia ha declarado también que, para estar comprendido en el concepto de «servicio de comunicaciones electrónicas», un servicio debe incluir la transmisión de señales, precisándose que el hecho de que la transmisión de la señal tenga lugar por medio de una infraestructura que no pertenece al prestador de servicios carece de relevancia a efectos de calificar la naturaleza del servicio, ya que lo único que importa en este sentido es que dicho prestador de servicios es responsable frente a los usuarios finales de la transmisión de la señal que garantiza a estos últimos la prestación del servicio al que están abonados”. En resumen, la sentencia, efectuada a instancias del regulador belga de las telecos (IBPT, la CNMC belga), coloca a Skype, y a todas aquellas Over-the-Top (OTT), como WhatsApp –pero no Gmail2https://www.law.com/therecorder/2019/06/13/google-wins-ruling-by-eu-top-court-over-germanys-bid-to-regulate-gmail-403-35563/?slreturn=20190515154201 – que comercialicen llamadas de voz, a la misma altura que un operador de telecomunicaciones europeo, con las mismas obligaciones y derechos.

Esta suerte de igualación, tan demandada por la mayoría de las telecos tradicionales (Telefónica lo bautizó como Level Playing Field3http://ugtcomunicaciones.es/wordpress/level-playing-field-al-fin-ue/, o como “a mismo servicio, mismas reglas y mismas obligaciones4https://www.eleconomista.es/empresas-finanzas/noticias/9714982/02/19/AlvarezPallete-Nuestro-objetivo-es-seguir-bajando-la-deuda.html”) supone un durísimo varapalo para las OTT. Al elevar su estatus, estas empresas deberán someterse a la misma normativa que el resto de telecos, a saber: impuestos específicos, contribución al Servicio Universal, cumplimiento estricto de las normas de seguridad y protección de datos que el resto de operadoras, portabilidad, acceso mayorista, rendición de cuentas y vigilancia de la Calidad del Servicio suministrada e incluso la obligación de permitir llamadas a los servicios de emergencia (112).

UGT se congratula por la decisión de la justicia europea, que supone un espaldarazo al posicionamiento que nuestro sindicato ha tenido al respecto desde hace ya lustros. Sin ir más lejos, hace escasamente dos años defendíamos5http://ugtcomunicaciones.es/wordpress/ugt-unico-sindicato-europeo-acudir-al-suprarregulador-europeo-defender-empleo/ esta tesis ante el suprarregulador europeo, en BEREC, en donde afirmábamos:

Por consiguiente, UGT Comunicaciones entiende que, por el bien del Sector y por la estabilidad de nuestros empleos, es necesario buscar un equilibrio de fuerzas entre telecos y OTT, que permitan un modelo de desarrollo sostenible, justo, equitativo y que redunde en la creación de empleo de calidad.

En la actualidad, las OTT no necesitan acometer las elevadas inversiones que requieren las operadoras (infraestructura, espectro, etc.) y no están sujetas al mismo nivel regulatorio (servicio mayorista, servicio universal, números de emergencia, intercepción de llamadas, etc.). En definitiva, no están expuestas a prácticamente ninguna normativa.

Cualquier tratado básico de economía indica que la posibilidad de acometer inversiones depende de las posibilidades de retorno, variable que no es posible con el actual modelo. Mientras los operadores tienen que invertir y ven reducidos sus ingresos, las OTT crecen sin apenas arriesgar y sin crear empleo, por no hablar de que no pagan el mismo número de impuestos, o lo realizan en otros países.

Como consecuencia de este desequilibrio normativo y regulatorio, las tradicionales operadoras de telecomunicaciones buscar rebajar sustancialmente el coste económico inherente a los beneficios sociales que poseen sus plantillas, hasta el punto de despedir masivamente; en muchas ocasiones, ante la imposibilidad de competir en igualdad de condiciones.

En resumen, esta competencia asimétrica que disfrutan las OTT impacta de forma directa sobre los negocios tradicionales de las telecos y está repercutiendo negativamente tanto en el volumen como en la calidad del empleo en nuestro Sector a nivel europeo.

Por todo ello, desde UGT entendemos que es necesario revisar los actuales modelos normativos y regulatorios, afrontándolos como un Ecosistema Digital en su conjunto; como un todo que debe estar sujeto a un conjunto de normas comunes de competitividad leal

En definitiva, conminamos al ORECE y a todos los reguladores europeos a vertebrar una normativa que equilibre las fuerzas entre operadores y OTT, que consoliden un modelo de desarrollo sostenible, y sobre todo, que cree más y mejor empleo.

Como se puede comprobar, ha tenido que ser el Alto Tribunal europeo el que pusiese sentido común, ante la inacción y pasividad de reguladores y legisladores, y del resto de sindicatos españoles, que han dimitido de opinar al respecto, a pesar de las consecuencias negativas que tenía sobre nuestros empleos y nuestras condiciones laborales.

 

UGT Comunicaciones
Sector Estatal