UGT alcanza un preacuerdo en el ERE de Avatel que minimiza el impacto en la plantilla.

En la reunión de la mesa negociadora celebrada en el día de hoy, la Representación Legal de las Personas Trabajadoras (RLPT) y la dirección de la empresa han firmado un preacuerdo en el marco del Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de Avatel. Esta firma se produce tras la decisión de la empresa de rebajar nuevamente el número de personas afectadas y la aceptación de las condiciones indemnizatorias planteadas por la representación sindical.

A continuación, se detallan los términos exactos recogidos en el preacuerdo:

1. Condiciones indemnizatorias

Se ha establecido un acuerdo final que equipara las salidas a las de un despido improcedente:

Cuantía: 45/33 días por año trabajado, con un límite máximo de 24 mensualidades.

Aplicación: Esta indemnización será la misma tanto para las salidas voluntarias como para las forzosas.

2. Reducción de la afectación forzosa

El documento refleja una disminución en el número de salidas forzosas previstas inicialmente, distribuidas por áreas de la siguiente manera:

Área de Negocio: La afectación forzosa se reduce en 21 personas.

Área Técnica: La afectación forzosa se reduce en 15 personas.

Televisión: La afectación forzosa se reduce en 25 personas (condicionada a la aceptación de las medidas de flexibilidad detalladas en el punto 5).

3. Apertura de periodo de voluntariedad

Para el resto de la plantilla, la empresa ha aceptado abrir un plazo de adscripción voluntaria al ERE.

Este periodo se iniciará a la finalización del actual proceso de negociación del Despido Colectivo.

La aceptación de estas salidas voluntarias queda condicionada a que la empresa no ejerza su derecho de veto por necesidades organizativas.

4. Convenio Especial de la Seguridad Social (CES)

En cumplimiento con la legislación vigente, se aplicará el Convenio Especial para aquellas personas afectadas que se encuentren en la franja de edad de entre los 55 y los 61 años.

5. Modificación de las Condiciones Laborales en Televisión

Para hacer efectiva la reducción de 25 personas afectadas en el departamento de Televisión, se inicia un proceso de consulta sobre la Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo. La plantilla afectada recibirá hoy el documento con las nuevas condiciones para su posible aceptación. Quienes rechacen la modificación se verán afectados por el ERE con las indemnizaciones pactadas en el punto 1.

Las nuevas condiciones de flexibilidad planteadas son las siguientes:

Horario (Lunes a Domingo): Con una hora de comida, la jornada será de 09:30 a 18:30. Con dos horas de comida, la jornada finalizará a las 19:30.

Modificaciones de horario: Por necesidades del negocio, la empresa podrá modificar la hora de entrada o salida hasta en 4 horas (manteniendo la jornada de 8 horas) con un preaviso de 10 días. Este preaviso se reducirá a 5 días únicamente en casos de necesidades excepcionales sobrevenidas.

Descansos: Se respetarán 48 horas de descanso semanal (con elección rotativa de los días) y se mantendrán las 12 horas de descanso mínimo entre jornadas.

Distribución irregular de la jornada: Por necesidades de servicio, se podrá ampliar la jornada por encima de las 10 horas un máximo de 10 días al año. Esta ampliación se compensará con reducción de jornada en días posteriores y el abono de dieta o media dieta, según corresponda.

Plus de flexibilidad: Se establece un complemento económico equivalente al 5% del salario base.