Con la firma de la Prórroga del III CEV, UGT logró incorporar a nuestro convenio el primer Protocolo de actuación ante emergencias por riesgos extraordinarios en Telefónica.
Este nuevo protocolo refuerza de manera decisiva la protección de la salud, la seguridad y la integridad de las personas trabajadoras, incorporando medidas automáticas de flexibilidad, incluido el teletrabajo, en función de criterios objetivos como el nivel de alerta declarado por la AEMET, la declaración oficial de cierre de colegios y/o la supresión del transporte público.
Tras los hechos acontecidos con la DANA en 2024 desde UGT tuvimos clara la necesidad de dotarnos de un protocolo específico y estable que nos protegiera frente cualquier emergencia por riesgos extraordinarios, cada vez más frecuentes y severos.
Hasta la fecha, la protección de las personas trabajadoras se había sustentado en un seguimiento continuo de las alertas meteorológicas y en la adopción de medidas puntuales consensuadas con la empresa. Sin embargo, UGT reclamábamos ir más allá y lograr un marco normativo claro, preventivo y automático, que evitara deber esperar a la concesión de las medidas por parte de la Compañía y garantizara una respuesta inmediata y eficaz para proteger la integridad física y la salud de todas las personas ante cualquier situación de riesgo que pueda acontecer.
Con la firma de este protocolo, logramos avanzar de manera decisiva, estableciendo un sistema de actuación transparente, estructurado y adaptado a los distintos niveles de alerta de la AEMET, que contempla fenómenos meteorológicos extremos o cualquier otro episodio que pueda requerir de medidas especiales de protección, como: inundaciones, terremotos, incendios, nevadas, amenazas, etc.
Como resumen, entre otras medidas, el protocolo recoge:
- En caso de nivel de alerta roja: Teletrabajo automático para las personas trabajadoras afectadas. Se aplicará en todas aquellas localidades afectadas por el nivel de alerta donde exista instalación o centro de trabajo, así como también allí donde esté registrado el domicilio habitual y/o segunda residencia debidamente notificada.
- Nivel de nivel de alerta naranja: Teletrabajo automático cuando la alerta naranja vaya acompañada de cierre de colegios y/o de la supresión del uso del transporte público por dicha emergencia. Igualmente se aplicará en los centros de trabajo afectados por la alerta, así como en función del lugar de domicilio habitual y/o segunda residencia debidamente notificada.
En ambos casos, cuando el teletrabajo no es compatible con la actividad, las personas deberán ponerse en contacto con su mando antes de realizar ningún desplazamiento, procurándose actividades accesorias compatibles con el trabajo a distancia.
El teletrabajo se extenderá igualmente al día siguiente natural cuando la situación de alerta/emergencia se haya mantenido durante las 20:00 horas de la tarde anterior.
Este protocolo cobra especial relevancia porque se implanta en un contexto de ausencia de desarrollo normativo específico a nivel estatal, que pone de manifiesto la necesidad de UGT de adelantarse a la publicación normativa, impulsando soluciones reales para proteger a las personas trabajadoras antes de que los riesgos se conviertan en daños.
Desde UGT consideramos que la inclusión de este protocolo en el III Convenio de Empresas Vinculadas supone un avance fundamental en el sistema preventivo, adaptándolo a una realidad climática cambiante y extrema, y consolidando un modelo de relaciones laborales que sitúa la salud, la seguridad y la vida de las personas por encima de cualquier otra consideración.
Reafirmamos nuestro compromiso firme e irrenunciable con el bienestar de las personas trabajadoras de Telefónica, y seguiremos impulsando medidas que protejan de manera efectiva frente a las nuevas contingencias.
UGT – Defendiendo hoy la salud y la seguridad del mañana








