RV2 Y CGC: comienzan los efectos del II CEV en comercial TME

comunicado_02-04-19

En la reunión celebrada hoy de la Comisión Interempresas de Áreas Comerciales, se ha tratado dos aspectos de importantes repercusiones para la plantilla de TME adscrita a ventas.

En primer lugar, se trató la homogenización del PIC de los CGC Empresas, en cumplimiento de lo pactado en el Convenio, tal y como exigió UGT en solitario a lo largo de su negociación. La empresa confirmó que el PIC de este segmento se verá incrementado a los 5.400 euros previstos con efectos retroactivos al 1 de enero. Para dar fe de esta circunstancia, se enviará en breve cartas a cada una de las personas afectadas para su completo conocimiento (se podrán encontrar en el apartado Mis notificaciones del Autoservicio del Empleado). Con esto se desmienten las declaraciones de algún sindicato minoritario que llegaron, en petit comité con varias de las personas afectadas, a dudar de que fuese cierto. Si en vez de elucubrar o mentir, se dedicasen a conseguir avances para los trabajadores, a todos nos iría mucho mejor.

En segundo lugar, se comenzó a tratar la adscripción del personal de Canal Indirecto a la carrera comercial RV2; de nuevo, dando cumplimiento a una exigencia de UGT (otra vez en solitario), a lo largo de la negociación del II CEV. La empresa comenta que está ya trabajando en ello, pero antes de hacer una primera propuesta, debe esperar a que se cierre la consecución de objetivos de 2019, un aspecto que tendrá su peso a lo hora de adscribir a cada comercial a cada uno de los tres niveles de carrera (Base, Senior o Máster).

En este sentido, UGT ha hecho constar la necesidad de ir más allá del propio cumplimiento de objetivos, para tener en cuenta otros aspectos, también fundamentales. Así, hemos exigido a la compañía una evaluación que tengo en cuenta dos condicionantes: coherencia y sensibilidad. El primero debe aplicarse en términos de coherencia territorial y de estructura de carteras. No tendría sentido una adscripción que se hiciese con criterios dispares por territorio, sobre todo cuando precisamente estamos en una línea de mayor homogeneización en todo el entorno comercial. Y somos conscientes que las políticas de Canal Indirecto por territorio son inconexas e incluso contradictorias. Lo mismo es aplicable a las carteras: no es justificable que personas con carteras altamente diferenciadas, por facturación sin ir más lejos, tengan un mismo nivel de Carrera.

Cuando exigimos sensibilidad, hablamos de un colectivo que, en una gran parte, lleva muchos años realizando estas funciones. Si bien el criterio de antigüedad no tiene efecto sobre la Carrera (ni en esta ni en ninguna otra), no es menos cierto que la profesionalidad de estos comerciales, así como su experiencia acumulada en todo este tiempo, debe tener un justo reconocimiento. Además, las comparaciones van a surgir, y tenemos personas de otras jurídicas en este segmento que ostentan niveles que hay que considerar a la hora de dibujar el mapa final de la adscripción a cada nivel de Carrera.

Finalmente, en la reunión se ha tratado brevemente el progreso del proyecto HORECAS. Básicamente, la empresa ha admitido que es un fracaso, un resultado que ya advertimos desde UGT, vista la improvisación y gestión desde un inicio. A pesar de que las visitas superan el 100%, el cumplimiento de ventas no alcanza el 30% en ningún caso. Aún así, la empresa ha anunciado que seguirá funcionando un par de meses más. Desde UGT hemos exigido a la empresa que esta mala gestión no acabe penalizando las retribuciones de las personas adscritas a este piloto. Es preciso reformular su plan de variable para que una mala decisión empresarial, no suponga, en ningún caso, merma retributiva, haciendo los ajustes que fuesen necesarios y negociados siempre en el seno de esta Comisión.

Finalmente, le hemos recordado a la empresa que las personas de TME actualmente en el piloto HORECAS tienen el derecho a entrar en al Carrera Comercial de RV2 desde el 1 de enero, igual que todos sus compañeros. Este debe ser tenido en cuenta tanto para su adscripción a RV2 como para cuando acabe el citado piloto dentro de dos meses, como punto mínimo de partida a la hora de volver a adscribirlos a Ventas.